Con el inicio de 2024 hemos visto como el espacio de la ZBE de Madrid se ha ampliado a todo el territorio de la capital. Prohibiciones sin alternativas propuestas por un ayuntamiento escrito con minúsculas que, más que aclarar el lio que tienen montado, parece que buscaran confundir a los conductores con un sistema excesivamente complejo.
Resulta difícil de entender una Zona de Bajas Emisiones (ZBE) tan extensa que, en teoría -aunque veremos que en la práctica de momento no- impide a los coches sin pegatina incluso circunvalar por completo la ciudad y acceder a infraestructuras públicas tan importantes como el aeropuerto. Cuesta también entender, entre otras cosas, que no se haya determinado un horario especial exento como sucede en Barcelona, que no se haya fijado un cupo -por ejemplo 4 entradas al mes- o que los residentes con vehículos youngtimers de entre 20 y 30 años carezcan de alternativa más allá de sacar sus preciados clásicos de la ciudad.
Antes de seguir leyendo, debemos recordar que los propietarios de vehículos clásicos apenas recorren con ellos más 2000 kilómetros de media al año; y en muy pocos casos más de 5.000. Además, lo normal es que eviten la ciudad y solamente accedan de manera puntual a la misma en ocasiones especiales. Prefieren claramente los espacios abiertos en los que disfrutar del aire libre, de buenas carreteras y, sobre todo, de sus coches y motos. En conclusión, no pueden ser en ningún caso considerados como responsables de la contaminación del aire y del cambio climático, y no deberían por tanto ser vetados radicalmente de ciudades como Madrid, incluso si no tienen matrícula Histórica.
Comprendemos que debe haber restricciones, porque los ciudadanos madrileños tienen inequívocamente derecho a vivir en un municipio limpio, pero instaurar medidas draconianas en orden a alcanzar este objetivo es, como suele decirse, matar moscas a cañonazos. Puedes consultar la situación actual de primera mano haciendo click aquí. Sin duda, una ZBE con horarios y cupos de entrada para vehículos sin pegatina cuyo límite se encuentre en la M40 sería lo más razonable, y ello ayudaría además a fomentar la conservación de nuestro parque histórico automotriz con entre 20 y 30 años de antigüedad, el cual queda a día de hoy completamente desprotegido. Por fortuna, y como veremos más abajo, no ocurre así con los vehículos con posibilidad de matrículación Histórica, más aun cuando por fin se publique el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos.
Por último, antes de seguir leyendo, es muy importante que tú, lector, tengas en cuenta que, aunque hemos intentado documentarnos lo mejor posible, podemos habernos equivocado. O que la situación puede cambiar en el futuro. Es por ello que te invitamos a permanecer atento a la web del ayuntamiento y, sobre todo, si tienes que acceder a zonas restringidas, que consultes habitualmente su sección de multas por si te hubiera caído una sanción. En definitiva, entiende por favor que, si bien con este contenido queremos ayudarte, no somos infalibles.
Dicho esto, Madrid 360 podría resumirse fácilmente con un eslogan que cantaba Pimpinela con aquello de “pega la vuelta”. Pero, sea cual tu coche y la condición que a la DGT le haya parecido oportuno asignarle, te contamos lo que puedes y no puedes hacer en Madrid capital, al menos durante este 2024.
COCHES SIN PEGATINA QUE NO ESTÉN EMPADRONADOS EN MADRID
Empezamos a aclarar la normativa con los famosos vehículos de Pegatina A, que es una manera muy confusa y contraproducente de referirse a los coches sin distintivo medioambiental, o lo que es lo mismo, siempre según la fecha de lanzamiento del modelo a vehículos de gasolina anteriores al 2000 y diésel anteriores al 2006.
Comencemos hablando por lo que se puede hacer antes de entrar en los detalles. Las únicas vías por las que podrías circular, lo más que podrías acercarte a la ciudad con uno de estos coches, serían las autovías de circunvalación M-40, M-45 y M-50 que, pese a encontrarse en algunos tramos dentro del municipio de Madrid, su jurisdicción y potestad sancionadora recae sobre la Guardia Civil y no el ayuntamiento. Es decir, aunque en teoría no puedes circular por estas vías cuando pasen por la capital -lo mismo que en el caso de las carreteras y autopistas nacionales-, en la práctica seguramente no habrá cámaras vigilando y no te sancionarán. Lo mismo ocurre con los tramos correspondientes de carreteras como la M-11, M-12 y M-13, de acceso al aeropuerto; aunque mucho ojo, porque la situación podría cambiar.
Por poner un ejemplo, un trayecto en SEAT Marbella entre Alcobendas y Alcorcón por la M-40 sería posible a día de hoy sin ser multado, aunque no sería del todo legal.
Ahora bien, y ya de cara a entrar en el municipio de Madrid y no circunvalarlo, se han instalado decenas de cámaras nuevas -más de 500- en diversos accesos y calles del territorio madrileño que estarán en periodo de aviso al menos hasta el 30 de junio, por tanto sin sanción económica. Quien contravenga las restricciones debería solo ser avisado, bien por la policía o bien recibiendo una carta en su domicilio. Y decimos debería porque cabe la posibilidad de ser multado por un agente; como siempre dependerá del talante del agente.
Por fortuna, los técnicos que idearon este sistema han previsto un pequeño margen de error para los conductores que les permite dar la vuelta en caso de salir en sentido sancionable de las autopistas de circunvalación, instalando las cámaras en las calles aledañas a los accesos y no en las propias entradas en sí. Osea que si por ejemplo sales de la M40 en la típica glorieta y te has equivocado puedes volver a coger la misma carretera o ir hacia una zona sin restricciones sin que pase nada.
A esto se suma que desde el 15 de enero se multa ya a los coches sin etiqueta que no estén empadronados en Madrid y que circulen por la M-30 -hasta ahora aunque parezca increíble esta vía seguía en periodo de preaviso- con multas por importe de 200 euros, 100 por pronto pago, que no conllevan pérdida de puntos.
Existen algunas excepciones a estas restricciones como son los vehículos de personas de movilidad reducida o quienes transporten a una de estas personas y, muy importante, puedan demostrarlo (honestamente, nosotros no nos la jugaríamos). Los vehículos industriales como furgonetas y camiones de uso profesional también quedarían exentos siempre y cuando obtengan una autorización especial. Quedan también libres los vehículos de servicio público como por ejemplo camiones de bomberos o coches de policía.
COCHES SIN PEGATINA DE RESIDENTES EN MADRID
Para los que tengan un coche sin pegatina y que paga el impuesto de circulación en la ciudad de Madrid desde antes del 1 de enero de 2022 se da un año transitorio o de prórroga hasta 2025.
Por ahora estos conductores pueden acceder a todas las vías de la capital, incluida M-30 y su interior, con la excepción de las ZBE de Protección Especial (ZBEDEP) que son Distrito Centro (antiguo Madrid Central) y Plaza Elíptica, ambas delimitadas por dos rayas rojas en el asfalto y la correspondiente señalización a menos que estos residan allí. Por otra parte alguien que vive en el Distrito Centro no podrá acceder a Plaza Elíptica ni viceversa.
En caso de intentar aparcar en zona de estacionamiento regulado el parquímetro no expedirá tique, una medida un tanto ilógica si se tiene en cuenta el nulo nivel de contaminación que producen los coches aparcados.
La excepción son aquellos vehículos que residan en un distrito con Zona SER, que podrán estacionar siempre y cuando no se salgan de su zona. También podrán aparcar los vehículos con tarjeta de movilidad reducida.
VEHÍCULOS HISTÓRICOS
La manera que los propietarios de vehículos de más de 30 años tienen de poder seguir usando sus coches por Madrid -las pocas veces que quieran hacerlo- es matricularlos como Históricos. Con este trámite se podría circular por todas las vías de la capital con la excepción de la ZBE de Plaza Elíptica (a menos que sea residente en dicho distrito), que recordemos incluye el tramo de la carretera A-42 (la de Toledo) que pasa por debajo.
En cuanto al antiguo Madrid Central y la eterna duda de si se puede pasear por calles como la icónica Gran Vía la respuesta es un sí a medias. Los vehículos con matrícula Histórica pueden acceder al Distrito Centro pero deberán entrar a uno de los aparcamientos autorizados de Madrid 360 para evitar la sanción, a menos que sea residente en dicha zona. Basta con entrar y salir de un parking de pago, siendo la razón de esta medida ‘demostrar’ que se ha acudido a la ciudad con un propósito; es decir, que la entrada está justificada por ejemplo para hacer una gestión determinada.
En cuanto al aparcamiento en superficie a los vehículos con matrícula Histórica de más de 50 años se les permitirá sacar tique en un parquímetro; eso sí, introduciendo en la máquina las letras y números asociados a la placa H. Cabe preguntarse por qué a los de menos de cincuenta no si los vecinos de Madrid los disfrutarían igual; porque esa es la idea de aparcar en superficie, que el ciudadano capitalino pueda disfrutar del museo rodante que la afición mantiene altruistamente para todos (con franqueza, cualquier vehículo con más de 30 años bien conservado llamará positivamente la atención del viandante).
MOTOS
Las motocicletas en Madrid tienen otra serie de normas muy distintas a las de los coches y son algo más permisivas. Aunque se prescinda de etiqueta éstas podrán circular por casi todas las vías de la capital.
Las únicas excepciones son las ZBE de Especial Protección del Distrito Centro y Plaza Elíptica, donde las motos sin pegatina no pueden pasar. Por aquí solo pueden circular las motocicletas de pegatina 0 Emisiones, ECO y, en el caso de las C y B, aquellas que sean de residentes entre las 7 de la mañana y las 10 de la noche. Si os somos sinceros, no tenemos ni idea de como está regulado su estacionamiento en superficie fuera de este horario.
COCHES CON PEGATINA B Y C
Empezando por los residentes en la ciudad, para los que estáis acostumbrados a vivir en Madrid y tenéis uno de estos vehículos la cantinela no ha cambiado mucho por el momento. Se puede seguir circulando por las mismas vías que el año pasado. En caso de ser de fuera de Madrid y contar con una de estas etiquetas también puedes conducir por la ciudad.
Las únicas restricciones son la ZBE de Especial Protección de Plaza Elíptica, a la que solo los residentes pueden acceder; y, en el caso del Distrito Centro y si no eres residente solamente podrás circular siempre y cuando vayas a un parking de pago autorizado, tal y como ocurre con los vehículos clásicos con matrícula Histórica.
Finalmente, fuera de estas zonas especiales se puede seguir aparcando en zona SER con unas tarifas que varían según se tenga la pegatina B, que tiene una penalización mayor en sus precios, o la C, que es algo más económica.
COCHES CON PEGATINA ECO Y 0 EMISIONES
Con un coche de estas características no tendrás que lidiar con las restricciones descritas. Estos vehículos pueden circular por toda la ciudad, incluyendo Plaza Elíptica y Distrito Centro, a las que se podrá acceder indistintamente de si se es residente o no.
En cuanto a los aparcamientos en zona SER pueden estacionar en toda la ciudad; con los etiqueta ECO tendrán que sacar tique pagando un pequeño importe, mientras que para los 0 emisiones es gratis.
*Nota: para acceder a un enrevesado esquema con toda esta normativa resumida haz click en este enlace de Madrid360; casi mejor, te recomendamos que tengas a mano la web del ayuntamiento y que, como hemos dicho, trates de consultar periódicamente posibles multas pinchando aquí.