nuevo reglamento vehiculos historicos
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Las 5 principales novedades del nuevo Reglamento de Vehículos Históricos

El nuevo Reglamento de Vehículos Históricos sustituirá dentro de poco al actual aprobado en 1995. Te contamos las principales novedades a continuación.

Como vimos hace unos días, la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Vehículos Históricos se retrasa. Lejos de haber iniciado su andadura práctica el pasado 2 de enero, parece que finalmente será este otoño cuando al fin sustituya a la actual norma aprobada en 1995.

Como causa de esta demora está la acumulación de alegaciones al nuevo texto recibidas desde el pasado mes de agosto. Provenientes de remitentes tan dispares como particulares, comunidades autónomas o laboratorios de catalogación. Aunque todas a gestionar por la DGT, la cual se encuentra respondiéndolas con la intención de acabar de cara al próximo verano.

Es decir, si todo va bien, se espera tener vigente el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos dentro de medio año. Un tiempo sobrado para que toda la afición pueda conocer sus novedades respecto al que tenemos hoy en día, aclarando así no pocos reparos y temores expresados en el curso de la negociación mantenida por la DGT junto a las comunidades autónomas, el Ministerio de Industria y la Federación Española de Vehículos Antiguos (FEVA).

Un proceso que, en general, ha logrado el consenso y la satisfacción entre las partes. Todo ello para establecer, en líneas básicas, las siguientes diferencias respecto a la norma aprobada en 1995.

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1. LOS CLÁSICOS QUEDAN DIVIDIDOS EN DOS CATEGORÍAS

En primer lugar, llama la atención la división de los vehículos históricos en dos categorías. Por un lado tenemos la denominada Grupo A. Bajo la cual se encontrarán aquellos que lleven más de treinta años circulando legalmente por España sin modificaciones sustanciales que cuestionen su originalidad.

Y por otro la llamada Grupo B. En la que se registrarán las unidades importadas o de baja en la circulación. Así las cosas, los del Grupo A sólo necesitarán para lograr la categoría de “históricos” una declaración formal del propietario sobre la originalidad del vehículo así como tener el seguro y la ITV en regla.

Mientras tanto, los del Grupo B van a requerir un informe de los Servicios Técnicos de Vehículos Históricos donde se les señale como aptos para circular. Además, en dicho informe se especificarán -si las hubiera- las lógicas limitaciones de uso en base al equipamiento. Por ejemplo, la imposibilidad de circular de noche para vehículos sin luces. Algo que, evidentemente, sólo afectará a modelos muy concretos.

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2. SIN ITV PARA LOS VETERANOS

En segundo lugar, también destaca la división de los vehículos históricos en otros dos grupos a fin de pasar o no la ITV. En este sentido, las unidades previas a 1950 no habrán de presentarse a la inspección aunque, si el propietario lo quisiera, pueden ser revisadas para mayor tranquilidad.

Sin embargo, en contraste con los más veteranos, todos los vehículos posteriores a 1950 tendrán que tener la ITV en regla. Eso sí, ésta sólo se deberá pasar cada 2 o 4 años según su antigüedad.

3. ORIGINALIDAD Y MODIFICACINES DE ÉPOCA

Como ya sucede, en la ITV no se les obligará a contar con elementos ajenos a su estado de fábrica aunque estos sean obligatorios hoy en día. Es decir, si tu Renault 4 salió de la FASA sin cinturones traseros, no estará obligado a ponerlos. Una cuestión que, en el espíritu de este nuevo Reglamento de Vehículos Históricos, viene a subrayar cómo se está priorizando el mantener a los vehículos en su estado original.

De hecho, el nuevo texto regulará las modificaciones mecánicas o de habitáculo y carrocería a fin de garantizar el diseño de fábrica. Es decir, sólo se admitirán reformas, piezas o reparaciones que pudieran haber sido posibles en la época. De hecho, de no contar con repuestos originales se valorará muy positivamente que estos sean similares a aquellos. Todo con la idea de mantener vivo nuestro patrimonio industrial tal y como se concibió en sus respectivas épocas.

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4. SE MANTIENEN LAS MATRÍCULAS

Siguiendo con esta idea, llama la atención una cuarta novedad basada en todo lo referente a las placas de matrícula. Llegados a este apartado, resulta grato comprobar cómo los vehículos previos a 1970 podrán portar placas visualmente iguales a las montadas en su momento de fabricación. Además, de estar ya matriculado en España, podrá conservar su nomenclatura original en las placas.

Una excelente noticia para quienes -y no son pocos- gustan de pasar horas clasificando primeras matriculaciones entre los automóviles más antiguos. No obstante, cosa distinta serán los modelos importados o aquellos que estuvieran inmatriculados. En este caso, el Reglamento de Vehículos Históricos dicta que, estos sí, deberán llevar una nueva identificación a iniciarse con la H de “histórico”.

5. MÁS BARATO Y CON MENOS TRÁMITES

Además, como quinta diferencia esencial respecto a la ley de 1995, el nuevo Reglamento de Vehículos Históricos elimina los actuales trámites de las comunidades autónomas relativos a la catalogación. Se busca así homologarnos a lo que se hace en la mayoría de los países de nuestro entorno.

De esta manera, y a pesar de las quejas de algunos laboratorios, los procedimientos relativos a los vehículos históricos serán más rápidos y menos costosos. En fin, aún con las alegaciones recibidas, parece que este nuevo reglamento traerá simplificación y apuestas por la conservación de nuestros clásicos.

Fotografías de Unai Ona.

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Escrito por Miguel Sánchez

A través de las noticias de La Escudería, viajaremos por las sinuosas carreteras de Maranello escuchando el rugido de los V12 italianos; recorreremos la Ruta66 en busca de la potencia de los grandes motores americanos; nos perderemos por las estrechas sendas inglesas rastreando la elegancia de sus deportivos; apuraremos la frenada en las curvas del Rally de Montecarlo e, incluso, nos llenaremos de polvo en algún garaje rescatando joyas perdidas.

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